Normativa · 16 de junio de 2026
Decreto 138/2025 de turismo activo en Canarias: guía para escuelas de surf
Qué suele regular la normativa de turismo activo en Canarias y cómo prepararte como escuela de surf. Guía orientativa: confirma siempre el texto oficial en el BOC.
Las escuelas de surf en Canarias operan dentro del marco del turismo activo. Esta guía resume, de forma orientativa, los puntos que la normativa de turismo activo suele regular y cómo prepararte. No sustituye al texto legal ni al asesoramiento profesional.
Aviso importante: esta es una guía divulgativa, no asesoramiento jurídico. Antes de actuar, consulta el texto oficial del Decreto 138/2025 publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y, si tienes dudas, a un gestor o a la administración competente. Los artículos, plazos y cifras concretas deben confirmarse en la fuente oficial.
Qué es el turismo activo
El "turismo activo" engloba actividades recreativas en la naturaleza que pueden conllevar cierto riesgo y que se prestan de forma profesional, como el surf. Las comunidades autónomas regulan estas actividades, y Canarias lo hace mediante su propia normativa autonómica.
Puntos que suele regular la normativa de turismo activo
Aunque los detalles concretos varían y debes confirmarlos en el texto del Decreto 138/2025, las normas de turismo activo en España habitualmente abordan aspectos como:
- Registro o declaración responsable: alta de la empresa como prestadora de turismo activo ante la administración competente.
- Seguros obligatorios: seguro de responsabilidad civil y, con frecuencia, seguro de accidentes para los participantes.
- Personal cualificado: monitores con la titulación o formación exigida para la actividad (ver nuestra guía de ratios y titulaciones).
- Seguridad: protocolos, material adecuado y, en algunos casos, planes de seguridad o de emergencia.
- Información al cliente: condiciones, riesgos y, muy habitualmente, un documento de consentimiento informado.
- Ratios: número máximo de participantes por monitor según la actividad y el nivel.
Verificar en el BOC: cada uno de estos puntos (qué seguro, qué titulación, qué ratio, qué documentación y qué plazos) tiene su redacción concreta en el decreto. No publicamos artículos ni cifras específicas que no podamos citar literalmente del texto oficial.
Cómo prepararte como escuela de surf
Con independencia de los detalles concretos, estas medidas te ayudan a llegar en regla:
- Revisa el texto oficial del Decreto 138/2025 en el BOC y anota qué te aplica.
- Comprueba tus seguros: responsabilidad civil vigente y cobertura de accidentes de los alumnos.
- Documenta las titulaciones de tu equipo de monitores y mantenlas accesibles.
- Define ratios y protocolos de seguridad por nivel y condiciones del mar.
- Implanta el consentimiento informado firmado antes de cada actividad.
- Guarda registros: reservas, consentimientos y partes de incidencias, de forma ordenada.
Dónde ayuda el software
Buena parte de estos requisitos son, en la práctica, gestión documental. Un software de gestión puede ayudarte a:
- Recoger el consentimiento informado digital antes de cada reserva y guardarlo asociado al alumno.
- Mantener el registro de reservas y alumnos ordenado y exportable.
- Controlar aforos y ratios por clase.
En SurfDesk, por ejemplo, el consentimiento informado es obligatorio antes de cualquier reserva o bono, y queda registrado. Aun así, la responsabilidad de cumplir la normativa es siempre de la escuela: el software es una ayuda, no un sustituto del cumplimiento legal.
Recuerda: confirma los requisitos exactos con la fuente oficial. Esta guía se actualizará si cambia la información, pero el texto del BOC siempre prevalece.
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